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En Argentina, existen tierras que, por sus características de humedad y
fertilidad hacen que sean consideradas únicas en el mundo. La
Republica Argentina hoy es uno de los principales exportadores de
materias primas – commodities - , como soja, maíz, trigo, en el mundo.
Destacada la calidad de sus productos, Argentina va creciendo todos los
años en productividad, llegando a exportar 30 millones de toneladas de
granos. Nuestra empresa utiliza el sistema de Fideicomisos
agropecuarios, la cual le permite invertir en el campo argentino sin
ser un especialista.
Introducción
El negocio
basa su éxito fundamentalmente en las siguientes características:
Producir sobre tierras arrendadas de terceros, a valores adecuados y
menores a otros países productores de alimentos; utilizar tecnología de
vanguardia tanto en genética de semillas como siembra directa y
estudios satelitales para determinar la mejor fertilización de los
cultivos; tercerizar gran parte de las tareas para de esa forma no
incurrir en costos de estructura fija; la amplia apertura de los
mercados internacionales a la exportación de agro alimentos con precios
en dólares; la gran demanda actual y futura de alimentos y
biocombustibles que tiene el mundo. Estos, y otros factores menos
preponderantes sonlos que que convierten la producción agrícola en un
excelente negocio en el corto y mediano plazo. El negocio agrícola en
Argentina ofrecen al inversionista, excelentes niveles de renta. Las
inversiones deben planificarse para períodos de por lo menos tres años,
con el fin de neutralizar posibles caídas en el nivel de renta,
producidas por dos factores propios de la actividad – el clima y el
precio - .Considerando el negocio agropecuario como una inversión de
riesgo, los resultados esperados y proyectados siempre superan a las
tasas obtenidas en el mercado financiero, comparados con inversiones de
igual nivel de riesgo
Riesgos inherentes
Una
característica fundamental del negocio agrícola, es su dependencia de
los factores climáticos, que impactan en forma directa sobre la
producción. Las condiciones del clima, pueden modificar o alterar el
proceso productivo. En salvaguarda de estos fenómenos, nuestra empresa
como política desarrolla un sistema de cobertura basado en: seguros
agrícolas; diversificación de zonas de producción con distancia
superiores a 500 km entre ellas; uso de genética (variedades de
semillas) adecuadas a cada tipo de zona y diferentes fechas de siembra.
Zonas de
Producción
Las zonas
de producción, de acuerdo a los diferentes tipos de cultivos,
están ubicadas en la provincia de Buenos Aires, Córdoba, Entre Ríos y
Santa Fe. En las zonas seleccionadas para producir, es condición, que
tengan un promedio en los últimos veinte años de 800 mm a 1000 mm de
lluvias por año y asimismo que los suelos sean de los tipos mínimos
requeridos por cada cultivo para obtener los rindes esperados.
El
contrato de fideicomiso
Se realiza
mediante la confección de un contrato general y contratos individuales
de adhesión al Fideicomiso. En el contrato general se incluyen todas las
obligaciones del Fiduciario (administrador) y la finalidad para la cual
se constituye el fideicomiso.
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Fecha
lanzamiento: 01 de Marzo de cada año
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Fecha
de inicio: 01 de Agosto de cada año
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Fecha
de cierre de ejercicio: 31 de julio de cada año.
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Duración del Fideicomiso: 3 años.
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Duración del contrato: 1 año
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Actividades que realiza: cultivos de maíz, soja, girasol, trigo,
avena, cártamo, más otros que ocuparán superficies menores, pero
puedan producir renta positiva diferencial. Ganadería de invernada
(engorde) en confinamiento (feed lot) o a campo con suplementación –
a desarrollar
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Moneda
de referencia: dólares estadounidenses.
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Moneda
en que se maneja el fondo: pesos argentinos.
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Forma
de recepción de los aportes: cheques, transferencias bancarias,
efectivo en pesos o dólares.
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Forma
de liquidación del capital más la renta: únicamente con cheques o
transferencias bancarias.
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Cotización U$S aportes: dólar vendedor Banco Nación Argentina fecha
aporte
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Cotización U$S liquidación: dólar comprador Banco Nación Argentina
fecha aporte.
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Capitalización y pago de dividendos: Anual, al cierre de cada
ejercicio.
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Integración de aportes: Abril a Julio de cada año
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Monto
de Inversión: El monto mínimo que podrá invertirse es de u$s 25.000.
Fideicomiso Agropecuario
Aspectos comerciales. El Fondo como fideicomiso.
El
desarrollo de los negocios agropecuarios, ha evolucionado en los últimos
años, pasando de la típica explotación familiar a los emprendimientos
profesionales o empresariales que se desarrollan en la
actualidad.Tratándose la actividad agropecuaria de un típico negocio de
riesgo, la experiencia ha demostrado, que a mayor inversión, (traducida
esta en dinero, o hectáreas afectadas a la producción), mayores
utilidades. Y ello, con el beneficio adicional de disminución de los
riesgos, como consecuencia de la diversificación de la inversión. La
necesidad de contar con aportes de múltiples inversores, nos llevó a
plantearnos como cuestión fundamental para nuestra empresa, cuál era la
figura jurídica que más seguridad otorgaría a quienes depositan su
confianza en nosotros, concluyendo, luego de exhaustivos análisis por
parte de nuestros equipos, que el Fideicomiso es la estructura jurídica
de inversión colectiva más adecuada para este tipo de emprendimientos,
por su sencillez para tributar impuestos y la facilidad para entrar y
salir del negocio sin mayores inconvenientes.El fondo agropecuario se
estructura entonces, como un Fideicomiso común privado, en base a un
contrato formulado por nuestra empresa al que adhieren los inversores en su
doble carácter de “fiduciantes” y “beneficiarios”.
El
esquema del fideicomiso es el siguiente:
Fiduciario - Sociedad Administradora. El fiduciario es la
persona física o jurídica a la que se adjudica la propiedad fiduciaria,
a efectos de su ejercicio en favor de los beneficiarios conforme a la
finalidad del fideicomiso. Las obligaciones principales del
Fiduciario: a) Adquirir la propiedad fiduciariab) Ejecutar los actos
tendientes a cumplir los fines del Fideicomiso. Esta es su obligación
básica.c) Rendir cuentas periódicamente de la ejecución del
fideicomiso.d) Mantener separados los bienes fideicomitidos de los suyos
propios y de los de otros fideicomisos. Para ello deberá llevar una
"contabilidad separada" para cada fideicomiso en que intervenga. e)
Transferir los bienes fideicomitidos. Esta obligación debe cumplirse al
término del fideicomiso, o en las oportunidades que el contrato
indique.f) Pagar los beneficios si los hubiere.g) Cumplir con las
obligaciones fiscales correspondientes al fideicomiso y los bienes
fideicomitidos.
Fiduciantes: Los inversores que adhieran al contrato, y que
transmitan al mismo su aporte al fondo de inversión agropecuario. El
fiduciante es la persona que transmite los bienes en fideicomiso: en
otras palabras, es el instituyente del fideicomiso. En nuestro caso es
el inversor.Puede existir una pluralidad de fiduciantes, sea porque los
bienes a fideicomitir están en condominio o copropiedad, o porque se
aporten al fideicomiso bienes de distintas personas.Asimismo, respecto
de un mismo contrato de fideicomiso puede haber fiduciantes de distintas
categorías, a efectos de asignarles derechos u obligaciones distintos.
Beneficiarios: Los propios inversores adherentes, en cuanto
tienen derecho al recupero del capital aportado y las utilidades netas
del Fideicomiso, en tanto existan recursos suficientes en el mismo. El
beneficiario es la persona en cuyo favor se constituye el fideicomiso.
Puede ser el mismo fiduciante (inversor) o un tercero designado por
éste. Puede ser una persona de existencia actual o futura,
individualizada en el contrato o individualizable conforme a las pautas
que el contrato proporcione. El derecho del beneficiario es transferible
según las reglas de la cesión de derechos.
Bienes fideicomitidos: El patrimonio fideicomitido estará
compuesto por aportes dinerarios, o aportes en tierras bajo contratos de
arrendamiento, semillas e insumos, las sementeras, el ganado, los
derechos bajo los contratos de seguro que se contraten, eventualmente
los derechos bajo los contratos de futuros y opciones, los granos que se
cosechen, y los derechos bajo los contratos de venta de granos y ganado
y la cobranza de los mismos. El fideicomiso puede versar sobre todo tipo
de bienes (cosas - inmuebles, muebles o semovientes-, y derechos), sean
presentes o futuros, determinados en el contrato o determinables
conforme a los requisitos y características en él descriptos.En
definitiva, todos los bienes, cualquiera fuere su naturaleza, que pueden
integrar el patrimonio de una persona física o jurídica, a condición de
que estén en el comercio, son susceptibles de fideicomitirse. La función
principal del Fideicomiso es aislar un patrimonio, de manera tal que el
mismo se convierta en una “caja fuerte jurídica” que lo proteja de
posibles acciones legales (embargos, etc.) que se efectivicen contra el
fiduciante (inversor) o el fiduciario (administrador).
Qué es y cómo funciona el Fideicomiso
Conforme al articulo 1º de la Ley 24.441, habrá fideicomiso
cuando una persona (fiduciante) transmite uno o más bienes en propiedad
fiduciaria a otra parte (fiduciario), quién se obliga a ejercerla en
beneficio de quién se designe en el acto respectivo (beneficiario).
El efecto
esencial del fideicomiso es la constitución de un patrimonio autónomo o
de afectación con los bienes fideicomitidos, quedando este patrimonio
protegido de la acción de los acreedores, tanto del fiduciante
(inversor) como del fiduciario (administrador). Este patrimonio de
afectación, es administrado por el Fiduciario, quien contractualmente se
obliga a destinarlo a una actividad productiva específicamente detallada
en el contrato. El Fiduciario, no puede dar otro uso o destino al
patrimonio fiduciario que el pactado.
Es decir
que la figura del Fideicomiso, otorga al inversionista una doble
garantía: Por un lado su inversión está asegurada, toda vez que su
aporte no puede ser “tocado” por sus acreedores o por los acreedores del
Fiduciario, (ya que conforman un patrimonio autónomo al de estos). Por
otra parte, el inversionista se garantiza que el Fiduciario no le dé al
aporte recibido cualquier uso, sino, el expresamente establecido en el
contrato.
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